Programa de ayudas Misiones de Ciencia e Innovación

Ayudas Público 26/05/2025 0 233
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Plazo de solicitudes del 29 de mayo hasta las 12:00h del 1 de julio 2025

Se ha publicado en el BOE, Extracto de la Resolución de 22 de mayo de 2025 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas al Programa Misiones de Ciencia e Innovación.

OBJETIVO

Apoyar proyectos de I+D en cooperación liderados por empresas, que persiguen una investigación relevante que proponga soluciones a desafíos transversales y estratégicos de la sociedad española, mejoren la base de conocimiento y tecnología en la que se apoyan las empresas españolas para competir, al tiempo que estimulen la cooperación público-privada.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Agrupaciones constituidas por un mínimo de tres y un máximo de seis empresas; al menos dos de ellas autónomas entre sí.

Las empresas deben de estar válidamente constituidas, tener personalidad jurídica propia y domicilio social en España.

En el consorcio debe participar al menos una empresa con la condición de pyme.

La agrupación resultante no tendrá personalidad jurídica, por lo que uno de los participantes actuará como coordinador o representante de la misma ante el CDTI.

Los miembros de la agrupación deberán suscribir, con carácter previo a la formulación de la solicitud, un acuerdo interno que regule su funcionamiento.

ACTUACIONES APOYABLES

Proyectos de I+D empresarial en cooperación, encuadrados en una de las siguientes misiones:

  1. Soluciones tecnológicas para reducir las estancias hospitalarias y la presión asistencial.

  2. Una inteligencia artificial responsable.

  3. Una industria interconectada y segura que contribuya a una mayor autonomía estratégica.

  4. Planificación y gestión territorial para mejorar la resiliencia y hacer frente a los riesgos climáticos.

  5. Soberanía estratégica en las materias primas minerales fundamentales para la industria y la transición energética.

  6. Capacitación para la autonomía estratégica en seguridad y defensa.

  7. Movilidad sostenible y descarbonización del transporte colectivo y de grandes volúmenes.

Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Proyectos plurianuales desarrollados en cualquier CC.AA. española.

  • Presupuesto elegible del proyecto mínimo de 3.500.000 euros y máximo de 15.000.000 euros; con presupuesto mínimo elegible por empresa de 175.000 euros.

  • Duración 3-4 años. Inicio en 2026.

  • Actividades de investigación industrial: 40% del presupuesto elegible.

  • Subcontratación mínima del 15% del presupuesto elegible a organismos de investigación.

  • Ninguna entidad participante puede ser responsable de más del 70% del presupuesto elegible del proyecto.

  • Los participantes responderán de las eventuales obligaciones de reintegro en relación con las actividades que se hayan comprometido a realizar. En caso de incumplimiento, todos los integrantes de la agrupación responderán solidariamente hasta el límite de la ayuda que les hubiera sido concedida por su participación en el proyecto.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se admiten los siguientes costes directos:

  • Costes de personal.

  • Costes de instrumental y material inventariable.

  • Subcontrataciones.

  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que deriven directamente del proyecto.

  • Gasto derivado del informe realizado por un auditor (hasta 1.500 euros por beneficiario y anualidad).

  • Gastos de viajes vinculados a la coordinación del proyecto (hasta un límite de 5.000 euros por beneficiario). 

Los costes indirectos se calcularán, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje del 20% sobre los gastos directos del proyecto.

AYUDA

Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% Gran Empresa, 75% Mediana Empresa y 80% Pequeña Empresa.

  • La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias.
  • Una vez concedida la ayuda, permite generar informes motivados.
  • La ayuda concedida en el marco de esta convocatoria es incompatible, durante su período de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico con idénticos objetivos y finalidad.